¿Qué va a suceder a partir del 1 de julio de 2021 con el IVA que grabes a los productos que vendes a través de tu E-commerce?¿Esta medida busca impulsar el consumo o simplemente aprovechar el buen momento que atraviesa la venta online?¿En qué medida puede afectar a tu negocio?¿Y a ti como comprador?
En primer lugar, debemos hacer un análisis de la situación actual desde 3 perspectivas diferentes: operativa/situación actual, “como lo ve la Comisión Europea/futuro próximo” y “como lo veo yo”.
Operativa/situación actual: El IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido) es un impuesto al consumo cuyo valor neto fluctúa en función del país donde se grabe. Actualmente, si tu tienda online concentra un importe de ventas en un país determinado, tendrás que consultar sus condiciones y registrarte fiscalmente en él, facturar a sus ciudadanos con el tipo de IVA aplicable y realizar la liquidación de impuestos allí. Es importante que sepas que cada país establece de sus propias condiciones de IVA y su umbral de aplicación. Os dejo el enlace para consulta aquí: https://europa.eu/youreurope/business/taxation/vat/vat-exemptions/index_es.htm
En este escenario, si decides enfocar tu negocio a un país miembro UE tendrás que aplicar los recursos técnicos y tecnológicos necesarios para que tu plataforma gestione correctamente estas operaciones si no quieres tener problemas. Ahora bien, las importaciones (compras) de productos con un importe menor a 22€ están exentas. Esto quiere decir, que el IVA lo soporta el vendedor.
Como lo ve la Comisión Europea: Según sus datos, los estados miembros pierden casi 150.000 millones de euros en ingresos derivados de IVA ¡al año! Además, según Pierre Moscovic, comisario de Asuntos Económicos y Financieros, Fiscalidad y Aduanas, “50.000 millones van a parar al bolsillo de delincuentes, timadores y probablemente hasta terroristas” (en serio, os dejo el enlace a la página de Europa para que veáis que no he quitado coma ni puesto punto: https://ec.europa.eu/commission/presscorner/detail/es/IP_18_5787)
Tenemos que tener en cuenta una cosa: la Comisión Europea, en su afán por protegernos de un Mal desconocido, que acecha en la red y solo ella puede ver, ha puesto en marcha esta medida con el objetivo de evitar pérdidas en ingresos en concepto de impuestos y reducir notablemente los fraudes del IVA transfronterizo. Gracias a esta Directiva (y sobre todo por ella), las empresas europeas y no europeas podrán competir en igualdad de condiciones. Ja… (perdón)
Bien, dicho esto y entendiendo (y valorando) el esfuerzo de la Comisión Europea por protegernos del Mal que siempre busca dominar el mundo, ¿qué sucederá a partir del día 1 de julio de 2021?:
- Cualquier E-commerce que supere el umbral de 10.000€ en su facturación anual a clientes de otros estados miembros, deberá facturar con el tipo de IVA aplicable en el país de destino.
- Ya no será necesario registrarte en el país de origen donde vayas a vender menos de 10.000€, han pensado en todo y te ayudan a cumplir a través del servicio de Ventanilla Única donde puedes pagar el IVA de forma electrónica. Ellos luego envían los impuestos recaudados al Estado que corresponda.
- Si compras productos fuera de la UE, éstos estarán sujetos al IVA del país desde donde compres el producto y se grabará con independencia del valor de la importación.
- Si tienes un marketplace que compra y/o vende productos entre la UE y países externos, serás considerado vendedor a efectos de IVA y responsable de la gestión del impuesto con tus proveedores. Es decir, harás el trabajo de la UE y la Ventanilla Única y te convertirás en recaudador de impuestos.
- Tendrás que adaptar tu plataforma, políticas de venta, condiciones legales y gestión de procesos web a la nueva Directiva con la incertidumbre de siempre: ¿y si no vendo?¿y si esta nueva medida provoca que mis clientes dejen de comprar? Tranquil@, la UE te comprende y encontrará una solución para ti. 🙂
Como lo veo yo:
Yo no soy experto en fiscalidad y no dudo de la necesidad recaudatoria para mantener este estado de bienestar en el que vivimos, lo que me hace reflexionar es el momento y la finalidad de la aplicación de esta Directiva, el impacto que puede tener sobre el sector (que al contrario de lo que muchos piensan, no es la tabla de salvación para muchos negocios por su condición voyante) y a quién va a afectar realmente.
Para valorar correctamente el impacto de esta medida y su cumplimiento como objetivo antifraude tendríamos que entender cómo está repartida la “tarta” de las ventas online en Europa. ¿Estamos seguros de que los grandes Players de internet, a quienes posiblemente más afecta, van a cumplir la Directiva o seguiremos siendo los de siempre con nuestras “miniaportaciones” quienes rellenemos las arcas de la UE mientras ellos encuentran ese resquicio legal que les permite seguir “campando a sus anchas”?
Todos estos profesionales que vienen a visitarnos una vez cada 3 meses, coincidiendo con el periodo de presentación de impuestos, que piensan que ganamos mucho y trabajamos poco y cuyo único conocimiento de la realidad empresarial radica en sus consultas sobre solvencia en caso de amonestación, deberían entender que presentarse a cobrar el primero cuando presupones que algo va bien no significa que no puedas equivocarte en tu pronóstico. En Europa, dentro del sector E-commerce, ganan dinero 5 (es una expresión no literal, pero próxima a la realidad) y grabando impuestos y poniendo trabas tecnológicas y burocráticas constantes a las operaciones de los otros 2000000 que luchamos por sobrevivir cada vez que “huele a recaudación”, lo único que se consigue es que la gente desista y esos “5” sigan ganando cuota y cuota; canibalizando así todos los sectores con sus prácticas “cuasi-monopolísticas”.
Conclusión: “a ver si pueden ponerle puertas al campo”. Mientras tanto, toca actualizar nuestra plataforma, darnos de alta en la Ventanilla Única y seguir haciendo el trabajo que otros deberían hacer por nosotros permitiéndonos centrar nuestros esfuerzos en potenciar las ventas de nuestro E-commerce.
Publicar un comentario